¿Puedo abrir una empresa si ya trabajo como dependiente?

Profesional trabajando en oficina y gestionando una actividad independiente
RESPUESTA CORTA

Sí. En Uruguay podés ser trabajador dependiente y, al mismo tiempo, desarrollar una actividad independiente o tener una empresa. Sin embargo, los aportes y obligaciones de la empresa no desaparecen automáticamente por tener un empleo: hay que analizar BPS, Fonasa, DGI e IRPF en conjunto.

Tener un empleo y empezar un proyecto propio es una de las formas más comunes de emprender. También genera una duda lógica: 'si ya me descuentan BPS y Fonasa del sueldo, ¿tengo que pagar otra vez?'. La respuesta no es un sí o un no universal.

Las dos actividades pueden convivir

No existe una incompatibilidad general entre trabajar como dependiente y tener una empresa. Podés cobrar un salario y, al mismo tiempo, facturar una actividad independiente. Lo importante es registrar la segunda actividad correctamente y entender cómo interactúan las obligaciones.

Tener Fonasa por tu empleo no elimina todas las obligaciones

BPS aclara expresamente que, para quienes prestan servicios personales, ser beneficiario Fonasa por otra actividad o pasividad no libera de las obligaciones derivadas de la actividad independiente. Es decir: no conviene asumir que 'como ya tengo mutualista por el trabajo, la empresa no paga nada de salud'.

En Industria y Comercio sí importa que ya aportes por una actividad dependiente

BPS publica categorías específicas para titulares de unipersonales de Industria y Comercio que ya realizan aportes al Sistema Nacional Integrado de Salud por actividad dependiente. En la primera categoría, el valor total publicado para 2026 es de $5.143 para esa situación. El importe puede variar según la categoría y las características del caso.

También puede cambiar tu IRPF

Los ingresos del trabajo dependiente y los del trabajo independiente tienen mecanismos de cálculo y anticipos propios. Cuando existen múltiples ingresos, puede ser necesario revisar la declaración anual de IRPF y la información presentada a DGI. No conviene calcular la nueva actividad aislándola por completo del resto de tus ingresos.

Ejemplo: empleo de lunes a viernes + trabajos freelance

Supongamos que trabajás en una empresa y, por fuera, hacés diseño, programación o consultoría para algunos clientes. La pregunta no debería ser solo '¿puedo abrir una unipersonal?'. También hay que definir si la actividad es servicio personal, cómo se factura, qué IVA corresponde y cómo se registran los aportes en BPS.

¿Vale la pena abrir por unos pocos trabajos?

Eso depende de la frecuencia y del margen. Si el ingreso extra va a ser recurrente, es importante conocer el costo mensual mínimo de la estructura. Si se trata de un proyecto puntual, también puede evaluarse la duración prevista y el procedimiento de clausura posterior. La empresa no debería quedar abierta por inercia si ya no existe actividad.

Preguntas frecuentes

¿Puedo tener sueldo y facturar a la vez?
Sí. Son actividades compatibles, siempre que la actividad independiente esté correctamente registrada y se cumplan sus obligaciones.

¿Pago Fonasa dos veces?
La situación no se resuelve simplemente diciendo 'dos veces'. Los aportes dependen del tipo de actividad y del seguro de salud aplicable. BPS contempla códigos y tratamientos específicos para quienes ya aportan por actividad dependiente.

¿Tengo que declarar ambos ingresos en IRPF?
Los distintos ingresos pueden impactar en la liquidación anual de IRPF. Conviene revisar el caso en conjunto, especialmente si existen múltiples fuentes.

▸ PRIMERA EMPRESA Cada situación puede cambiar según la actividad, los ingresos, la cobertura de salud y la estructura del negocio. En JL Empresas analizamos tu caso antes de elegir el régimen y te acompañamos con la inscripción, la facturación y el cumplimiento mensual.

Fuentes oficiales consultadas: Registro de la actividad – BPS; Industria y Comercio – BPS; IRPF – DGI. Nota: contenido informativo general. Los tratamientos tributarios dependen del caso concreto y pueden cambiar por normativa o actualización de valores.